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Martes, 7 de Septiembre de 2010, 23:14 rss Recomendar página
Plan 2010 Ayudas Municipales

 

Sigue abierto el plazo de solicitud para las Ayudas Municipales a las Iniciativas Empresariales 2010

El Ayuntamiento de Valencia ha convocado por segundo año el "Plan de Ayudas Municipales a las Iniciativas Empresariales 2010". Este Plan consiste en conceder a los/as emprendedores/as una ayuda económica que facilite tanto la constitución como la inversión inicial que supone la puesta en marcha de sus proyectos en el término municipal de Valencia.

Las bases se publicaron en el B.O.P. el sábado 13 de marzo y permanecerá abierto hasta el 28 de septiembre de 2010.

Estas ayudas se conceden a empresas de nueva creación, y los requisitos que deben cumplir son los siguientes, entre otros:

a) Que el comienzo de la actividad y alta en el régimen de autónomos, sea entre el 1 de noviembre de 2009 y la fecha de presentación de la solicitud.

b) Que el inicio de esta actividad genere una nueva alta en el régimen de autónomos.

c) La actividad empresarial objeto de subvención deberá desarrollarse en el término municipal de Valencia.

d) Que la inversión acreditada con respecto a la ayuda de "Gastos iniciales" haya sido igual o superior a 2.000 €.

e) Mantener la actividad empresarial durante un año, como mínimo. Para su comprobación, el beneficiario está obligado a justificarlo aportando los pagos mensuales del régimen autónomo de la Seguridad Social, en el mes doceavo desde la fecha de alta, si se le requiriese.

f) La empresa se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero, aportando cuanta información le sea requerida.

Podrán ser objeto de ayuda los siguientes conceptos:

a) Gastos de constitución.

Se concederá una cuantía fija en concepto de gastos de constitución, en función de la forma jurídica del beneficiario que conste en el modelo 036 ó 037.

b) Gastos iniciales.

Podrán ser objeto de ayuda los gastos que se realicen en compra de bienes que no estén destinados a su venta, a saber:

1/ terrenos y bienes naturales

2/ construcciones

3/instalaciones técnicas

4/ maquinaria

5/ utillaje

6/otras instalaciones que supongan elementos ligados de forma definitiva al funcionamiento de la empresa.

7/ mobiliario

8/ equipos para procesos de información

9/ elementos de transporte

10/ cualesquiera otras inmovilizaciones materiales no incluidas en las anteriores

11/ aplicaciones informáticas

12/ publicidad, propaganda y relaciones públicas

Con carácter general, la cuantía de las ayudas será:

a) En  "Gastos de constitución":

1. Profesionales autónomos, Comunidad de Bienes y Sociedades Civiles, se concederán 100 € en concepto de gastos de constitución.

2. En el resto de las formas jurídicas, se concederá 400 € en concepto de gastos de constitución.

b) Las ayudas destinadas a "Gastos iniciales": el 100% del gasto subvencionable justificado, con un importe máximo a percibir de 6.000 €, siempre que la inversión haya sido como mínimo de 2.000 €, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación.

Accede a las Bases Reguladoras de la convocatoria bases_ayudas_iniciativas_2010.pdf

Solicitud   solicitud_ayudas_iniciativas_empresariales.pdf

Sigue abierto el plazo de solicitud para las Ayudas Municipales a la Contratación 2010        

Así mismo, Ayuntamiento de Valencia convoca por segunda vez, el "Plan 2010 de Ayudas Municipales a la Contratación". Las ayudas económicas reguladas en esta convocatoria están dirigidas a apoyar la contratación indefinida de personas desempleadas, residentes en la ciudad de Valencia.

Podrán concurrir a estas ayudas aquellas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la/s contratación/es objeto de la ayuda sea o haya sido a partir del 1 de noviembre de 2009 y la fecha de presentación de la solicitud.

b) En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse un representante apoderado, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiarios corresponden a la agrupación o comunidad de bienes.

c) Las personas que sean contratadas de forma indefinida deberán cumplir, además de los requisitos exigidos por la legislación vigente, los siguientes:

1. En cuanto a la situación de desempleo, deberán estar inscritas como desempleadas por un periodo ininterrumpido de, al menos, un mes previo a la contratación objeto de la subvención, en los correspondientes centros SERVEF.

2. En cuanto a su residencia, deberán estar empadronadas en el municipio de Valencia, durante un periodo mínimo de 6 meses previo a la presentación de la solicitud.

d) La empresa debe mantener el empleo creado durante un año, como mínimo. Durante dicho periodo, en el caso de que la persona contratada cause baja en la empresa, deberá sustituirse en el plazo de un mes, por otra con iguales características.

e) Para su comprobación, la empresa se compromete a justificar documentalmente ante el Servicio Gestor, el alta y los pagos a la Seguridad Social correspondientes a la persona contratada, en el mes doceavo desde la fecha de alta de la contratación.

f) Someterse a las actuaciones de comprobación y control en cuestiones relacionadas con la subvención concedida, aportando cuanta información sea requerida.

Conceptos subvencionables y límite de las ayudas

1. Las ayudas por la formalización de cada contrato indefinido a tiempo completo tienen una cuantía de 5.000 euros por cada persona contratada, limitándose la misma a un máximo de 5 contrataciones.En caso de que la persona contratada sea joven desempleado/a hasta 30 años, la ayuda por cada contrato indefinido a tiempo completo consiste en una subvención de 6.000 €.

2. Las ayudas por la formalización de cada contrato indefinido a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales, consisten en una subvención de 3.000 € por cada persona contratada, limitándose la misma a un máximo de 5 contrataciones.En caso de que la persona contratada sea joven desempleado/a hasta 30 años, la ayuda por cada contrato indefinido a tiempo parcial asciende a una cuantía de 4.000 €.

El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre de 2010.

Accede a las Bases Reguladoras de la convocatoria bases_ayudas_contratación_2010.pdf

Solicitud solicitud_ayudas.pdf


 
 
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